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La Plata, 3 de dic/08.- (Infocielo) - La Corte Suprema nacional detuvo la liberación que había ordenado la Cámara de Casación, en carácter general, para unos 60 jóvenes que no alcanzan los 16 años de edad, internados en Institutos de menores porteños. De todas formas, el Alto Tribunal advirtió que "nada impide" a los magistrados de primera instancia revisar uno por uno cada caso, para determinar si conviene mantener detenido a los menores.
Además, la Corte ordenó a los poderes políticos y a los jueces, que tomen medidas para solucionar el sistema de castigo que pesa sobre los menores.
De esta forma, la Corte revocó un fallo que data de diciembre pasado, perteneciente a la Sala tercera de la Cámara de Casación Penal.
La ley 22.278, permite el encierro de los chicos menores a 16 años imputados en alguna causa penal, sin derecho de defensa previa, en institutos creados para tal fin.
Este sistema fue declarado inconstitucional por Casación, en respuesta favorable a una demanda de la Fundación Sur.
En diciembre último, la Sala III de la Casación dispuso la libertad, en un plazo de 90 días, de los menores alojados en un establecimiento porteño.
Pero el fiscal apeló la medida y en marzo la Corte suspendió la ejecución del fallo.
Si bien la Corte revocó aquella orden de libertad, ordenó a los jueces deben respetar todas las garantías constitucionales de los menores y, supervisar las condiciones de internación.
Por su parte el Congreso debe adecuar la legislación nacional a los tratados internaciones y en particular a la Convención de los Derechos del Niño.
En tanto, el Ejecutivo Nacional y los gobiernos provinciales deben articular políticas y organismos para evitar la judicialización de la situación de menores que no están imputados de delitos.
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